Servicios

El gobierno autónomo descentralizado parroquial rural de Nulti atenderá al público en el siguiente horario

De 08H00 a 13H00

De 14H00 a 17H00

Direccion de las oficinas

Son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Nulti de acuerdo al Art. 64 del Código Orgánico de organización territotial Autonomía y descentralización (COOTAD):

 

  1. Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial parroquial, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas parroquiales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
  2. Diseñar e impulsar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
  3. Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los derechos y avanzar en la gestión democrática de la acción parroquial;
  4. Elaborar el plan parroquial rural de desarrollo; el de ordenamiento territorial y de políticas públicas; ejecutar las acciones de ámbito parroquial que se deriven de sus competencias, de manera coordinada con la planificación cantonal y provincial; y, realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas;
  5. Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la constitución y la ley;
  6. Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos y proporcionar la organización de la ciudadanía en la parroquia;
  7. Fomentar la inversión y el desarrollo económico especialmente de la economía popular y solidaria, en sectores como la agricultura, ganadería, artesanía y turismo, entre otros, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados;
  8. Articular a los actores de la economía popular y solidaria a la provisión de bienes y servicios públicos;
  9. Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad;
  10. Prestar los servicios públicos que le sean expresamente delegados o descentralizados con criterios de calidad, eficacia y eficiencia; y observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad y continuidad previstos en la Constitución;
  11. Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la Constitución en el marco de sus competencias;
  12. Promover y coordinar la colaboración de los moradores de su circunscripción territorial en mingas o cualquier otra forma de participación social, para la realización de obras de interés comunitario;
  13. Coordinar con la Policía Nacional, la sociedad y otros organismos lo relacionado con la seguridad ciudadana, en el ámbito de sus competencias; y
  14. Los demás que determine la ley.

 

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